Los solicitantes de empleo que estén inscritos como desempleados y acudan a una entrevista de trabajo pueden solicitar el reembolso de una parte de los gastos de desplazamiento. Según la Oficina de Trabajo, Asuntos Sociales y Familia, los gastos de viaje son los gastos de transporte público desde el lugar de residencia permanente o desde el lugar de residencia temporal, y si no hay transporte público desde el lugar de residencia permanente o desde el lugar de residencia temporal, desde un lugar con acceso al transporte público hasta el lugar de la entrevista de ingreso, el procedimiento de selección o la colocación en grupo. Es importante que la fecha de los billetes coincida con la fecha del procedimiento de selección con el empleador.
Condiciones:
- El demandante de empleo debe estar inscrito en el registro de desempleados.
- Deberán cumplimentar una solicitud escrita de reembolso de parte de los gastos de viaje, acompañada de un certificado de realización de la entrevista inicial o del procedimiento de selección, que deberá incluir una carta de invitación, un certificado de asistencia a la entrevista y billetes de transporte público.
- La solicitud debe presentarse a más tardar 10 días hábiles después del final del mes natural en el que se generó el derecho al reembolso de una parte de los gastos de viaje.
- Los gastos de viaje deben ser superiores a 4 euros y ascender al 70 % de los gastos de viaje comprobados, hasta un máximo de 35 euros en total para todos los viajes realizados en un mes natural.
El texto de la Ley nº. 5/2004 Coll. § 53b Subsidio de transporte al empleo