Los solicitantes de empleo que estén inscritos como desempleados y acudan a una entrevista de trabajo pueden solicitar el reembolso de una parte de los gastos de desplazamiento. Según la Oficina de Trabajo, Asuntos Sociales y Familia, los gastos de viaje son los gastos de transporte público desde el lugar de residencia permanente o desde el lugar de residencia temporal, y si no hay transporte público desde el lugar de residencia permanente o desde el lugar de residencia temporal, desde un lugar con acceso al transporte público hasta el lugar de la entrevista de ingreso, el procedimiento de selección o la colocación en grupo. Es importante que la fecha de los billetes coincida con la fecha del procedimiento de selección con el empleador.

Condiciones:

  1. El demandante de empleo debe estar inscrito en el registro de desempleados.
  2. Deberán cumplimentar una solicitud escrita de reembolso de parte de los gastos de viaje, acompañada de un certificado de realización de la entrevista inicial o del procedimiento de selección, que deberá incluir una carta de invitación, un certificado de asistencia a la entrevista y billetes de transporte público.
  3. La solicitud debe presentarse a más tardar 10 días hábiles después del final del mes natural en el que se generó el derecho al reembolso de una parte de los gastos de viaje.
  4. Los gastos de viaje deben ser superiores a 4 euros y ascender al 70 % de los gastos de viaje comprobados, hasta un máximo de 35 euros en total para todos los viajes realizados en un mes natural.

El texto de la Ley nº. 5/2004 Coll. § 53b Subsidio de transporte al empleo